Reglamento para elección de Junta Directiva y Fiscal

Reglamento para elección de Junta Directiva y Fiscal

El siguiente Reglamento para la elección de la Junta Directiva de la ALCP sirve de marco legal con el objetivo de informar a los socios asistentes a la Asamblea General Ordinaria o Extraordinaria el proceso de elección de Junta Directiva y fiscal de acuerdo a la legislación colombiana (Código de Comercio de Colombia).

CONVOCATORIA DE LAS ELECCIONES DE JUNTA DIRECTIVA Y DURACIÓN DE LOS CARGOS

La Junta Directiva de la ALCP establece el siguiente procedimiento para la convocatoria a elección de miembros de Junta Directiva y Fiscal:

  1. Los miembros de la Junta Directiva, son 3 principales (Presidente, Vicepresidente y Tesorero) y tres (3) suplentes que remplazarán a los principales cuando estos no puedan asistir a la reunión. Las funciones de cada cargo de la Junta Directiva y del Fiscal están descritas en los estatutos vigentes.
  2. La candidatura de la Junta Directiva se hará por postulación de plancha/lista y el fiscal por autopostulación.
  3. La elección se hará por votación durante la Asamblea General, de acuerdo con los estatutos de la ALCP (enlace a estatutos).
  4. La convocatoria a la presentación de planchas/listas para Junta Directiva y la candidatura del Fiscal deberá realizarse con una anticipación de quince (15) días calendario antes de la Asamblea General Ordinaria o Extraordinaria, que tenga como orden del día la elección de la Junta Directiva y/o Fiscal.
  5. De acuerdo con los Estatutos vigentes, los cargos electos tendrán una duración de dos (2) años a partir de la elección, que se realizará por votación de los asociados en la Asamblea y cada miembro podrá repetir su participación en la Junta Directiva o como Fiscal una vez consecutiva.


CONFORMACIÓN DE PLANCHAS/LISTAS

El procedimiento para la conformación de planchas es el siguiente:

  1. Las personas que integrarán las planchas/listas se presentarán a más tardar dos (2) días antes de la Asamblea General, en donde se realizará la elección. Las planchas/listas se presentarán a través del formulario “POSTULACIÓN DE JUNTA DIRECTIVA” completamente diligenciado al correo electrónico [email protected]. Para el cargo de fiscal se debe diligenciar el formulario “POSTULACIÓN PARA FISCAL”.
  2. El Secretario de la Junta Directiva (Artículo 20) comprobará si los candidatos cumplen con los requisitos establecidos.
  3. Cada plancha/lista estará integrada por un número de personas igual al número de cargos a elegir.
  4. Un candidato solamente podrá inscribirse en una sola plancha.


REQUISITOS PARA SER MIEMBRO DE LA JUNTA DIRECTIVA Y FISCAL

  1. Ser socio activo al momento de la postulación y elección, y haber sido socio por lo menos seis (6) años.
  2. Profesional que ejerza en el ámbito de los cuidados paliativos con trayectoria en el desarrollo de los cuidados paliativos a nivel global, regional y/o nacional.
  3. Compromiso con la visión, misión y estatutos de la ALCP.
  4. No tener relación laboral ni contractual con ALCP, ni otra situación que conlleve a conflicto de interés.
  5. No estar sancionado por la ALCP.
  6. Contar con tiempo para participar de las reuniones de Junta Directiva y cumplir las tareas inherentes a su cargo.
  7. Contar con conexión a internet estable para participar de las reuniones de Junta Directiva e interactuar regularmente con los integrantes de la misma a través de medios electrónicos como chats, correos, etc.
  8. Conocer los estatutos, manuales y lineamientos de la ALCP.
  9. Ejercer o haber ejercido un rol directivo durante dos años, como mínimo, en una unidad, organización o en programas de cuidados paliativos.
  10. De preferencia debe tener conocimientos del idioma inglés.


MESA ELECTORAL

Al inicio del punto correspondiente a la elección de Junta Directiva, la Asamblea General de Asociados:

  1. Constituirá una mesa electoral compuesta por cuatro miembros, que serán el Secretario de la reunión, el Fiscal y dos asambleístas voluntarios.
  2. Cada plancha podrá nombrar adicionalmente a un interventor que formará parte de la mesa electoral.
  3. La mesa electoral hará las veces de comisión escrutadora. Dentro de sus funciones está el conteo de los votos y la información de los resultados.
  4. No podrán hacer parte de la mesa electoral, candidatos inscritos en alguna de las listas.


PROCLAMACIÓN DE CANDIDATOS CONFORME A LAS PLANCHAS/LISTAS INSCRITAS

  1. En el Orden del Día, en el punto correspondiente a la elección de Junta Directiva, un miembro de la mesa electoral llamará a cada plancha/lista inscrita para que presente ante la Asamblea un resumen del programa electoral o de trabajo a desarrollar (máximo diez minutos por plancha).
  2. Posteriormente se realizará la votación de manera virtual y luego la presentación de las planchas inscritas.


ELECTORES

  1. Pueden emitir el voto para la elección de la Junta Directiva todos los socios que estén al día en el pago de la cuota anual de afiliación.
  2. El quorum está definido en el Artículo 17 de los estatutos vigentes (enlace a los estatutos).


ESCRUTINIO

  1. Finalizada la votación, la mesa electoral hará al escrutinio público para los participantes. La Junta Directiva se hará cuociente electoral según de conformidad con el artículo 197 del Código de Comercio y el cargo de fiscal por mayoría absoluta.


Para calcular el cuociente electoral:

  1. Se divide el número total de los votos válidos, incluyendo los votos en blanco, por el número de cargos a elegirse.
  2. El escrutinio comienza por la lista que hubiese tenido el mayor número de los votos, y así sucesivamente en orden descendente.
  3. El número de cupos de cada lista dependerá de cuántas veces quepa el cociente en el número de votos obtenidos por dicha lista.
  4. En caso de que queden puestos por proveer, estos serán para los residuos más altos, en orden descendente.


Explicación aritmética del cuociente electoral

Los asociados conforman listas o planchas, cada una con máximo el número de puestos a proveer, con sus respectivos suplentes si la ley o el estatuto así lo establecen.

En el sistema de cuociente electoral se deben tener en cuenta en forma exacta los decimales, en el caso que se presenten, tanto al obtener el resultado del cuociente electoral, así como para las personas elegidas por cuociente o residuo. En tal virtud, no están permitidas las aproximaciones cuando la cifra contiene decimales, por exceso o por defecto; en el sistema siempre se manejan cifras exactas, incluidos los decimales (por ejemplo: 10,42; 92,81; 14,21). Para efectos de conocer cómo aplicar este sistema, a continuación, compartimos dos ejemplos:

Caso 1:

Una sociedad tiene 250 accionistas y cada uno posee una acción. Se deben elegir 3 miembros en la junta directiva, pero solo votan 200 accionistas que representan 200 acciones.

Lista o plancha n.º 1 Lista o plancha n.º 2 Lista o plancha n.º 3
Principal – Suplente Principal – Suplente Principal – Suplente
Alex – Ana Esther – Eric Gaby – Gabo
Bertha – Boris Diego – Didier Hilda – Héctor
Carlos – Cielo Flor – Fabio Inés – Iván

Las personas votaron de la siguiente manera:

Lista o plancha Número de votos Cuociente = 66,6* Miembros elegidos
Votos por la lista n.º 1 35 35 / 66,6 = 0,52 (cuociente: 0; residuo: 0,52) 1
Votos por la lista n.º 2 140 140 / 66,6 = 2,10 (cuociente: 2; residuo: 0,10 2
Votos por la lista n.º 3 25 25 / 66,6 = 0,37 (cuociente: 0; residuo: 0,37) 0
Total de votos 200 3

*200 (número votos) dividido 3 (número de cargos a proveer): 200 / 3 = 66,6 (cociente electoral).

Los 3 miembros de la junta directiva serán:

Caso 2:

Una sociedad tiene 100 accionistas y cada uno posee una acción. Se deben elegir 3 miembros en la junta directiva, pero solo votan 80 accionistas, que representan 80 acciones.

Lista o plancha n.º 1 Lista o plancha n.º 2 Lista o plancha n.º 3
Principal – Suplente Principal – Suplente Principal – Suplente
Alex – Ana Esther – Eric Gaby – Gabo
Bertha – Boris Diego – Didier Hilda – Héctor
Carlos – Cielo Flor – Fabio Inés – Iván

La votación se desarrolló de la siguiente manera:

Lista o plancha Número de votos Cuociente = 26,67* Miembros elegidos
Votos por la lista n.º 1 10 10 / 26,67 = 0.37 (cuociente: 0; residuo: 0,25) 0
Votos por la lista n.º 2 60 80 / 26,67 = 2,99 (cuociente: 2; residuo 0,10) 3
Votos por la lista n.º 3 10 10 / 26,67 = 0.37 (cuociente: 0; residuo 0,25) 0
Total de votos 80
3

*80 (número votos) dividido 3 (número de cargos a proveer): 80 / 3 = 26,67 (cuociente electoral).

Los 3 miembros de la junta directiva serán todos los expuestos en la lista o plancha nº 3.

PROCLAMACIÓN DE MIEMBROS DE JUNTA DIRECTIVA ELEGIDOS

  1. Finalizado el escrutinio, la mesa electoral proclamará el resultado de la elección y dará posesión a los candidatos electos.
  2. El resultado de la elección, la proclamación de los candidatos y la toma de posesión de sus cargos con la aceptación del cargo, serán documentados en el Acta de Asamblea y comunicados al Registro Mercantil ante la Cámara de Comercio de Bogotá, para efectuar las modificaciones pertinentes.
  3. Los miembros elegidos a la conformación de la Junta Directiva presentarán posterior a la reunión ante la Dirección Administrativa la siguiente documentación para el respectivo registro ante la Cámara de Comercio de Bogotá:
    1. Copia del documento de identidad o pasaporte
    2. Dirección, teléfono
    3. Carta firmada aceptando el cargo

Información adicional

Guía práctica para la celebración de asambleas de accionistas y juntas de socios

Compartir